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Ha llegado a la sede de la Fundación IDISSA la Ley que está preparando el MEC - Consejo Superior de Deportes con la colaboración del Consejo General de Colegios Profesionales de Ldos. en E.F. y CC. de la A.F. y del Deporte, universidades y otros técnicos invitados. En esta futura Ley, en su Artículo 2, apartado 3, dice: " Quedan excluidos del cumplimiento de los preceptos establecidos en esta ley aquellos profesionales, actividades físicas y deportivas sujetas a otra regulación emanada de una normativa específica, como es el caso de las actividades de buceo profesional, paracaidismo, salvamento y socorrismo, conducción de vehículos a motor y desplazamiento terrestre, aéreo o acuático, con excepción de los titulados deportivos de las actividades deportivas correspondientes". Esto viene a reforzar la postura mantenida por la Fundación IDISSA en la que insistíamos en que las federaciones deportivas no tienen competencia en materia formativa o de cualquier otra actividad referente al socorrismo profesional, según nuestra opinión en los artículos "Funciones de las Federaciones Deportivas según las leyes vigentes" y "Seguimos insistiendo", y refuerza también las Cualificaciones Profesionales que se están realizando a través del INCUAL (Ministerio de Educación y Ciencia).
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